Sentencia real · falta de transparencia · primera instancia

Sentencia 153/2026 de Coria del Río: nulidad por falta de transparencia de préstamo de BBVA

Estimación íntegra (allanamiento) · Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Coria del Río. Plaza nº 2 · 10 de julio de 2026
Nº de sentencia153/2026
ÓrganoSección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Coria del Río. Plaza nº 2
CiudadCoria del Río
Fecha10 de julio de 2026
ProcedimientoJuicio verbal 1062/2025
Entidad BBVA
Vía de nulidadOtra

El Tribunal de Instancia de Coria del Río estima íntegramente la demanda al allanarse la demandada, declarando la nulidad del contrato de préstamo por falta de transparencia y condenando a la entidad a la restitución de las cantidades cobradas en exceso.

«Declaro la nulidad del contrato de préstamo suscrito entre las partes por ser abusiva la clausula que regula el interés remuneratorio por falta de transparencia e incorporación, y en consecuencia, se condena a la entidad financiera a reintegrar a la actora en la cantidad que exceda del total del capital prestado teniendo en cuenta todas las cantidades ya abonadas por todos los conceptos, más los intereses legales de dicha cantidad.»

Fallo de la sentencia 153/2026, Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Coria del Río. Plaza nº 2
Fallo de la sentencia 153/2026.

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Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Coria del Río. Plaza nº 2
Avda. Blas Infante, 23, 41100, Coria Del Río.
N.I.G: ████████
Tipo y número de procedimiento: Juicio verbal (condiciones generales contratación - 250.1.14) ***/2025
Materia: Nulidad

SENTENCIA N.º ***/2026

En Coria del Río, a ████ de julio de 2026.

Vistos por mí Dª ████████████████, Jueza titular de la plaza nº2 del Tribunal de Instancia de Coria del Río, los presentes autos de Juicio Verbal sobre nulidad de condiciones generales de la contratación, seguidos ante este Juzgado bajo el núm. ***/2025, a instancia de Dª. ████████████████ representada por el Procurador D. ████████████████ y asistida del Letrado D. ████████████████ frente a la entidad BBVA S.A representada por el Procurador D. ████████████████ y asistida de Letrado D. ████████████████.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La representación procesal de Dª. ████████████████ presentó demanda de juicio verbal sobre nulidad de condiciones generales de la contratación y reclamación de cantidad frente a la entidad BBVA SA en virtud de la cual solicitaba que se dictase sentencia por la que: 1º.- DECLARE la NULIDAD del contrato por resultar nulas por falta de incorporación, transparencia, abusividad de la cláusula que regula el interés remuneratorio. CONDENE a la demandada a estar y pasar por dicha declaración y a la devolución de las cantidades abonadas durante la vida de los créditos, que excedan del capital dispuesto con los intereses legales devengados desde cada cobro. 2) De forma SUBSIDIARIA, DECLARE la NULIDAD de las condiciones generales de la contratación que regulan el cobro de intereses y las comisiones. CONDENE a la demandada a estar y pasar por dicha declaración y a la devolución de las cantidades abonadas durante la vida de los créditos, que excedan del capital dispuesto con los intereses legales devengados desde cada cobro. 3) De forma SUBSIDIARIA, DECLARE la NULIDAD de las condiciones generales de la contratación que regulan las comisiones exceso sobre el contrato. CONDENE a la demandada a estar y pasar por dicha declaración y a la devolución de las cantidades abonadas durante la vida de los créditos, que excedan del capital dispuesto con los intereses legales devengados desde cada cobro. En todo caso, se condene en costas a la parte demandada.

SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda, se dio traslado de la misma a la parte demandada, emplazándole para su contestación. La entidad demandada se allanó a la acción principal ejercitada en la demanda. Tras lo cual, quedaron los autos en la mesa de SSª para resolver.

TERCERO.- En la sustanciación de las presentes actuaciones se han observado todas las prescripciones previstas legalmente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- La representación procesal de Dª. ████████████████ presentó demanda de juicio verbal sobre nulidad de condiciones generales de la contratación y reclamación de cantidad frente a la entidad BBVA SA en virtud de la cual solicitaba que se dictase sentencia por la que: 1º.- DECLARE la NULIDAD del contrato por resultar nulas por falta de incorporación, transparencia, abusividad de la cláusula que regula el interés remuneratorio. CONDENE a la demandada a estar y pasar por dicha declaración y a la devolución de las cantidades abonadas durante la vida de los créditos, que excedan del capital dispuesto con los intereses legales devengados desde cada cobro. 2) De forma SUBSIDIARIA, DECLARE la NULIDAD de las condiciones generales de la contratación que regulan el cobro de intereses y las comisiones. CONDENE a la demandada a estar y pasar por dicha declaración y a la devolución de las cantidades abonadas durante la vida de los créditos, que excedan del capital dispuesto con los intereses legales devengados desde cada cobro. 3) De forma SUBSIDIARIA, DECLARE la NULIDAD de las condiciones generales de la contratación que regulan las comisiones exceso sobre el contrato. CONDENE a la demandada a estar y pasar por dicha declaración y a la devolución de las cantidades abonadas durante la vida de los créditos, que excedan del capital dispuesto con los intereses legales devengados desde cada cobro. En todo caso, se condene en costas a la parte demandada.

La entidad demandada se allanó a la acción principal ejercitada en la demanda y fijó la cantidad a devolver en ████ euros.

SEGUNDO.- El artículo 21.1 LEC establece que “Cuando el demandado se allane a todas las pretensiones del actor, el tribunal dictará sentencia condenatoria de acuerdo con lo solicitado por éste, pero si el allanamiento se hiciera en fraude de ley o supusiera renuncia contra el interés general o perjuicio de tercero, se dictará auto rechazándolo y seguirá el proceso adelante”.

En base al allanamiento formulado por la demandada, que no se ha hecho en fraude de ley, ni supone renuncia contra el interés general o perjuicio de tercero, procede estimar íntegramente de la demanda y en consecuencia, se declara nulo el contrato de préstamo suscrito entre las partes por ser nula la cláusula que regula el interés remuneratorio y en consecuencia, se condena a la entidad financiera a reintegrar a la actora en la cantidad que exceda del total del capital prestado teniendo en cuenta todas las cantidades ya abonadas por todos los conceptos, más los intereses legales de dicha cantidad, lo cual se determinará en ejecución de sentencia.

TERCERO.- En lo que respecta las costas, en el presente caso procede condenar en costas a la entidad demandada, puesto que aunque se ha allanado a la demanda lo ha hecho después de que extrajudicialmente se le hubiese requerido de ello por la parte actora en fecha ████ habiendo respondido la entidad en fecha ████ en sentido negativo (documentos nº3 y nº4), obligándole con ello a acudir a la vía judicial a obtener la tutela judicial efectiva de su derecho, con el coste que ello supone, para luego allanarse totalmente a las pretensiones del actor. Así y tal y como establece el artículo 395.1 LEC, que dispone que “Si el demandado se allanare a la demanda antes de contestarla, no procederá la imposición de costas salvo que el tribunal, razonándolo debidamente, aprecie mala fe en el demandado. Se entenderá que, en todo caso, existe mala fe, si antes de presentada la demanda se hubiese formulado al demandado requerimiento fehaciente y justificado de pago, o si se hubiera iniciado procedimiento de mediación o dirigido contra él solicitud de conciliación”.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación;

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda de Juicio Verbal sobre nulidad de condiciones generales de la contratación y reclamación de cantidad interpuesta por Dª. ████████████████ frente a la entidad BBVA S.A debo DECLARAR la nulidad del contrato de préstamo suscrito entre las partes por ser abusiva la clausula que regula el interés remuneratorio por falta de transparencia e incorporación, de acuerdo con la Ley de 23 de julio de 1908, de represión de la usura, y en consecuencia, se condena a la entidad financiera a reintegrar a la actora en la cantidad que exceda del total del capital prestado teniendo en cuenta todas las cantidades ya abonadas por todos los conceptos, más los intereses legales de dicha cantidad, lo cual se determinará en ejecución de sentencia.

Se imponen las costas a la entidad demandada.

Notifíquese la presente Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de APELACIÓN que se interpondrá por medio de escrito ante la Audiencia Provincial de SEVILLA, en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna(artículo 458.2 LEC). Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso(DA 15.ª de la LOPJ). Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Llévese certificación literal de esta sentencia a los autos originales y el original al libro de su clase.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por la Jueza que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Letrada de la Administración de Justicia doy fe, en Coria Del Río, a ████ de julio de dos mil veintiséis.

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